miércoles, 16 de mayo de 2012

TASA POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE PISCINA, INSTALACIONES DEPORTIVAS MUNICIPALES Y ACTIVIDADES DEPORTIVAS

martes, 15 de mayo de 2012

Publicado en el BOP Los precios de la Piscina municipal y las instalaciones deportivas

TASA POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE PISCINA, INSTALACIONES DEPORTIVAS MUNICIPALES Y ACTIVIDADES DEPORTIVAS
Artículo 1º. Naturaleza y fundamento.
En uso de las facultades concedidas por los artículos 133.2 y 142 de la Constitución y por el artículo 106 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de Bases de Régimen Local, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 15 a 19 de la Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de las Haciendas Locales, este Ayuntamiento establece la "Tasa por la prestación del servicio de Piscina, instalaciones deportivas municipales y Actividades deportivas", que se regirá por la presente Ordenanza Fiscal, cuyas normas atienden a lo previsto en el artículo 57 del citado Texto Refundido.
Artículo 2º. Hecho imponible.
Constituye el hecho imponible de la Tasa, la prestación del servicio de piscina municipal, instalaciones deportivas y actividades deportivas
Artículo 3º. Sujetos pasivos.
Serán sujetos pasivos de esta Tasa las personas físicas o jurídicas y las entidades a que se refiere el artículo 35.4 de la Ley General Tributaria que soliciten o resulten beneficiadas o afectadas por los servicios o actividades que se detallan en la tarifa de esta Tasa.
Artículo 4º. Responsables.
- Serán responsables solidarios de las obligaciones tributarias de los sujetos pasivos, las personas físicas y jurídicas a que se refiere el artículo 42 de la ley General Tributaria.
- Serán responsables subsidiarios los administradores de las sociedades y los síndicos, interventores o liquidadores de quiebras, concursos, sociedades y entidades en general, en los supuestos y con el alcance que señala el artículo 43 de la Ley General Tributaria.
Artículo 5º. Cuota tributaria.
Piscina Municipal
La cuota de esta Tasa será la siguiente:
1. Por cada entrada de:
- Adultos, en día laborales, 3,60 €.
- Adultos, en días festivos, 5,00 €.
- Niños de 4 a 12 años días laborales, 1,80 €.
- Niños de 4 a 12 años días festivos, 3,00 €.
Jubilados a partir de 65 años y discapacitados: 0,60 €.
2. Bonos piscina:
.Adultos (10 baños laborables): 19,00 €.
.Adultos (10 baños festivos y laborables): 31,00 €.
.Niños de 4 a 12 (10 baños laborable): 9,00 €.
.Niños de 4 a 12 (10 baños festivos y laborables): 18,00 €.
Previa presentación de carnet joven (10 baños laborables): 17,00 €.
Previa presentación carnet joven (10 baños laborables y festivos): 28,00 €.
3. Temporada:
Adultos: 89,00 €.
Niños: 42,00 €.
Previa presentación del carnet joven: 80, 00 €.
4. Bonos Familiares:
Por familias de 4 o más persona. Para miembros de la misma unidad familiar (padres e hijos solteros que convivan con sus padres y a sus expensas) previa presentación del libro de familia: 175 €.
Los bonos son personales e intransferibles.
5.- En caso de discapacidad acreditada, se confeccionará un carnet que lo acredite, en dónde se indicará si necesita o no acompañante (previo informe de los servicios sociales). En caso afirmativo, el acompañante se indicará en dicho carnet para que, junto con su DNI, abone el mismo importe que el discapacitado, 060 euros
6.- Uso de sombrillas y hamacas: 1,50 €/día cada una
PABELLÓN CUBIERTO
Pista
Sin Luz
Luz Entrenamiento
Luz Competición
Pista completa 1h.
10€
15€
20€
2/3 Pista 1h
6€
10€
14€
1/3 Pista 1h
3€
5€
7€
Pista de Tenis 1h
4€
6€
8€
CAMPO DE CÉSPED ARTIFICIAL
Campo
Sin Luz
Con Luz
Campo completo 1h
22€
33€
Partido de Fútbol
33€
44€
Campo de Futbol-7 1h
14€
21€
PISTAS DEPORTIVAS
Pista
Sin luz
Con luz
Pista de tenis 1h