Los canales de la TDT cambian de frecuencia a partir del 26
de octubre. Te explicamos qué hacer para no dejar de ver tus programas
favoritos
EUROPA PRESS
Madrid
¿Tengo que llamar a un antenista?
Depende del
edificio en el que vivas. Como explica Industria, si tu edificio tiene
más de tres viviendas es probable que tu sistema de recepción sea una
centralita programable o un sistema de amplificación monocanal.
En
ambos casos el administrador de fincas o el presidente de tu comunidad
de propietarios deberá llamar a un instalador que prepare las antenas
colectivas de tu edificio para la recepción de los nuevos canales.
Sin
embargo, en aquellas viviendas que dispongan de un sistema de recepción
de banda ancha, fundamentalmente viviendas unifamiliares (chalets,
casas rurales...) y edificios de menos de tres viviendas, no es
necesaria la adaptación, porque este sistema de recepción está preparado
para recibir todas las frecuencias, las nuevas y las antiguas, sin
necesidad de realizar adaptación alguna.
¿Tengo que resintonizar los canales?
Sí. Todo el mundo va a tener que
resintonizar los canales en su televisor, tenga o no que adaptar su antena. Para hacerlo tienes de plazo desde el 26 de octubre hasta el 31 de diciembre de 2014.
Si
no has resintonizado tu televisor no verás las frecuencias nuevas por
las que se transmiten algunos de tus canales favoritos ni los nuevos
canales de televisión a partir del 1 de enero de 2015.
En algunos
televisores la sintonización se realiza de forma automática. En otros
modelos deberás utilizar el botón menú de tu mando a distancia para
localizarlos.
Hay que tener en cuenta que algunos modelos de
televisor añaden de forma automática los nuevos canales que encuentran
al final de la lista de todos los canales sintonizados previamente.
Compruebe si este es su caso. Si no sabes cómo hacerlo, puedes consultar
el manual de tu televisor.
¿Cuánto me va a costar adaptar la antena?
Depende
de tres cosas: del tipo de vivienda, la empresa con la que se contrate
la adaptación de la antena y de las características de la propia antena.
La Federación Nacional de Instaladores e Integradores de
Telecomunicaciones (FENITEL) ha estimado el coste medio en alrededor de
20 euros por vivienda (No por edificio).
El Gobierno ha puesto en
marcha un programa de ayudas para compensar los costes derivados de la
adaptación en las instalaciones de recepción en los edificios que lo
necesiten. Las ayudas varían en función del tipo de antena y van desde
los 100 hasta los 550 euros.
¿De qué depende las ayudas que me van a dar?
Para
aquellas comunidades de propietarios que tuvieran instalada una
centralita programable y, por lo tanto, no precisan de la instalación de
equipamiento adicional la ayuda máxima prevista es de 100 euros en
todos los casos, con independencia de la zona geográfica.
En las
comunidades con amplificadores monocanales, la subvención prevista varía
en función del número de múltiples digitales afectados en cada zona
geográfica. El importe máximo de la ayuda es el siguiente:
1 múltiple digital: 150 euros
2 múltiples digitales: 250 euros
3 múltiples digitales: 350 euros
4 múltiples digitales: 450 euros
5 múltiples digitales: 550 euros
¿Cómo pedir la subvención?
La
subvención se tiene que pedir una vez que se hayan hecho los cambios en
la antena y comenzarán a pagarse a partir de enero de 2015.
Las
ayudas se solicitarán telemáticamente por parte de la comunidad de
propietarios. Podrán representar a la comunidad de propietarios, el
presidente de la Comunidad, el Administrador autorizado por la comunidad
de propietarios, o el propio instalador que realice la adaptación en
nombre de dicha comunidad.
Las comunidades de propietarios deberán
disponer de NIF (código H-) y ser titulares de una cuenta bancaria
donde se ingresará el importe de la ayuda.
Las ayudas solo podrán
otorgarse a aquellas actuaciones realizadas por empresas instaladoras
autorizadas inscritas en los Registros de empresas instaladoras de
telecomunicación, de los tipos 'A' o 'F'.
Aquí puedes consultar el registro de instaladores.
Para recibir la ayuda se debe aportar en formato electrónico la siguiente documentación:
- La factura emitida por la empresa instaladora autorizada detallando
claramente los gastos relacionados con el proceso de liberación del
Dividendo Digital.
- El Boletín de instalación que la empresa
instaladora deberá entregar a la Comunidad de Propietarios una vez
realizada la adaptación detallando el tipo de instalación y los trabajos
realizados.
- Un documento acreditativo de la titularidad de
la cuenta bancaria a nombre de la comunidad de propietarios (copia de
recibo domiciliado, certificado de titularidad de cuenta).