viernes, 4 de julio de 2014

SUBVENCIONES PARA EL FOMENTO Y DINAMIZACIÓN DEL TEJIDO EMPRESARIAL DE FERNÁN NÚÑEZ


Imagen del evento
ACTUACIONES SUBVENCIONABLES: - Empresas de Nueva Creación. (Alta posterior al 1 de enero de 2013). Creación de Pequeño y mediano comercio entre otras actuaciones

SUBVENCIONES PARA EL FOMENTO Y DINAMIZACIÓN DEL TEJIDO EMPRESARIAL DE FERNÁN NÚÑEZ

ACTUACIONES SUBVENCIONABLES:
-    Empresas de Nueva Creación. (Alta posterior al 1 de enero de 2013).
-    Creación de Pequeño y mediano comercio.
-    Reforma de la superficie de venta en comercios para hacerlos atractivos al cliente.
-    Contratación indefinida por empresarios del municipio a técnicos superiores, titulados universitarios medios y superiores residentes en el municipio.
-    Dinamización de las Asociaciones de empresarios.
-    Promoción y comercialización de productos locales y artesanos.

CUANTÍA Y ACCIONES SUBVENCIONABLES:
La cuantía máxima de ayuda nunca podrá exceder del 50% del importe de la inversión con las siguientes limitaciones:
a.  En el supuesto de creación de nuevas empresas, la cuantía a subvencionar será de hasta 1.000 euros. Podrá ser objeto de ayuda:

-    La adquisición de maquinaria.
-    La adquisición en régimen de propiedad de nave en el Polígono Industrial o zona de influencia del mismo.
-    Alquiler de la nave.
-    Adquisición de mobiliario y equipamiento.
-    Adaptación de la nave a la actividad a realizar.

b.  En el supuesto de creación de pequeño y mediano comercio, será objeto de subvención, la nueva apertura de comercio no industrial, la cuantía a subvencionar será de máximo hasta el 50 % de la inversión ha realizar, con un tope de 1000 euros.

-    La adquisición de maquinaria.
-    La adquisición en régimen de propiedad de local.
-    Alquiler del local.
-    Adquisición de mobiliario y equipamiento.

c. En el supuesto de reforma del local comercial, será objeto de subvención la mejora estética del local comercial en el caso de pequeño y mediano comercio no industrial; la cuantía a subvencionar será máximo hasta el 50 % de la inversión ha realizar, con un tope de 600 euros.

d. En el supuesto de contratación indefinida por empresarios del Municipio a técnicos superiores, titulados universitarios medios y superiores de la localidad, será objeto de subvención la contratación por empresarios locales de técnicos superiores, titulados medios y superiores exceptuándose el supuesto de contratación de familiares que se encuentren dentro del primer grado de consanguinidad. La cuantía a subvencionar será de hasta 1.000 euros.

e. En el supuesto de asociaciones de empresarios, La cuantía de la subvención será máximo hasta el 50 % de los gastos ha realizar, con un tope de 1.000 euros. Será objeto de subvención:

-    Gastos de mantenimiento y funcionamiento
-    Gastos de promoción.
-    Gastos derivados de la organización de cursos o programas formativos de interés para los asociados.
 
f. En el supuesto de promoción de productos locales, se trata de subvencionar la promoción de productos locales (artesanos, agrícolas, etc), a través de la participación en ferias, subvencionando los gastos de inscripción, alquiler del espacio, servicios de acondicionamiento del stand, etc.; así como la promoción a través de cualquier otro medio como organizando muestras de agricultura, artesanía, o del sector local que se quiera promocionar, subvencionando en este caso los gastos de promoción o publicidad, contratación o acondicionamiento del espacio expositivo, etc. La cuantía a subvencionar será como máximo hasta el 50 % de la inversión a realizar, con un tope de 500 euros.
PLAZO DE PRESENTACIÓN: 1 al 31 de julio de 2014
Más información y presentación de solicitudes:
  • Ayuntamiento de Fernán Núñez
  • Área de Desarrollo, planta 2º
  • Teléfono 957 380 087 extensión: 39