ACTUACIONES SUBVENCIONABLES:
La cuantía máxima de ayuda nunca podrá exceder del 50% del importe de la inversión con las siguientes limitaciones:
a. En el supuesto de creación de nuevas empresas, la cuantía a subvencionar será de hasta 1.000 euros. Podrá ser objeto de ayuda:
d. En el supuesto de contratación indefinida por empresarios del Municipio a técnicos superiores, titulados universitarios medios y superiores de la localidad, será objeto de subvención la contratación por empresarios locales de técnicos superiores, titulados medios y superiores exceptuándose el supuesto de contratación de familiares que se encuentren dentro del primer grado de consanguinidad. La cuantía a subvencionar será de hasta 1.000 euros.
e. En el supuesto de asociaciones de empresarios, La cuantía de la subvención será máximo hasta el 50 % de los gastos ha realizar, con un tope de 1.000 euros. Será objeto de subvención:
PLAZO DE PRESENTACIÓN: 1 al 30 de marzo de 2015
Más información y presentación de solicitudes:
- Empresas de Nueva Creación. (Alta posterior al 1 de enero de 2014).
- Creación de Pequeño y mediano comercio.
- Reforma de la superficie de venta en comercios para hacerlos atractivos al cliente.
- Contratación indefinida por empresarios del municipio a técnicos superiores, titulados universitarios medios y superiores residentes en el municipio.
- Dinamización de las Asociaciones de empresarios.
- Promoción y comercialización de productos locales y artesanos.
La cuantía máxima de ayuda nunca podrá exceder del 50% del importe de la inversión con las siguientes limitaciones:
a. En el supuesto de creación de nuevas empresas, la cuantía a subvencionar será de hasta 1.000 euros. Podrá ser objeto de ayuda:
- La adquisición de maquinaria.
- La adquisición en régimen de propiedad de nave en el Polígono Industrial o zona de influencia del mismo.
- Alquiler de la nave.
- Adquisición de mobiliario y equipamiento.
- Adaptación de la nave a la actividad a realizar.
- La adquisición de maquinaria.
- La adquisición en régimen de propiedad de local.
- Alquiler del local.
- Adquisición de mobiliario y equipamiento.
d. En el supuesto de contratación indefinida por empresarios del Municipio a técnicos superiores, titulados universitarios medios y superiores de la localidad, será objeto de subvención la contratación por empresarios locales de técnicos superiores, titulados medios y superiores exceptuándose el supuesto de contratación de familiares que se encuentren dentro del primer grado de consanguinidad. La cuantía a subvencionar será de hasta 1.000 euros.
e. En el supuesto de asociaciones de empresarios, La cuantía de la subvención será máximo hasta el 50 % de los gastos ha realizar, con un tope de 1.000 euros. Será objeto de subvención:
- Gastos de mantenimiento y funcionamiento
- Gastos de promoción.
- Gastos derivados de la organización de cursos o programas formativos de interés para los asociados.
PLAZO DE PRESENTACIÓN: 1 al 30 de marzo de 2015
Más información y presentación de solicitudes:
- Ayuntamiento de Fernán Núñez, teléfono: 957 380 087