domingo, 9 de marzo de 2014

Que Cajasol se quede con la ayuda a un dependiente no es delito para la Fiscalía

 Diario del Pregonero


Fiscalía de Sevilla alega que el director del banco no está para “prestar socorro al menor” de 6 años, con 33 % de discapacidad y 350 euros de ayuda. El banco ubicado en la calle Manzanilla en Sevilla.

La Fiscalía de Sevilla ha archivado la denuncia de los padres de un niño discapacitado porque el banco les está cobrando los plazos de un microcrédito con cargo a la prestación que reciben para su hijo por la Ley de Dependencia.

No está el director del banco para “prestar socorro”
La Fiscalía, en un escrito al que ha tenido acceso Efe, dice que los hechos denunciados no constituyen un delito de apropiación indebida ni tampoco de omisión del deber de socorro, porque el director de la sucursal bancaria denunciado “no está en situación de prestar un eventual socorro al menor”.

6 años y un 33 % de discapacidad
Los padres Guadalupe L.V. y Francisco Javier R.G. denunciaron en la Fiscalía que el mayor de sus dos hijos, de 6 años, sufre una discapacidad del 33 por ciento y por ello percibe una prestación de 350 euros al mes, en virtud de la Ley de Dependencia, que es ingresada en una cuenta de la que es primer titular.

Microcrédito de 1.700 euros y un negocio que fracasó
Hace dos años y medio, según indican, el matrimonio pidió un microcrédito de 1.700 euros para montar un negocio pero al cabo de un tiempo se vio obligado a cerrar y a partir de entonces no pudo pagar la deuda con el banco. Por ello, denunciaron que “el mismo día” en que la prestación por dependencia es ingresada en la cuenta de su hijo, el banco procede a descontar 50 euros del microcrédito, lo que realiza “en todo momento sin consentimiento de los denunciantes”.

Sin consentimiento del titular de la cuenta
Según los padres, el banco estaba utilizando dicha prestación “para el pago de una deuda, sin el consentimiento de la persona titular de la cuenta en la que es ingresada”.
Por ello, acusaron al director del banco de un delito de apropiación indebida pues el dinero de la prestación por dependencia es ingresado en una cuenta del menor, quien “no tiene que responder por la deuda” de sus padres.

Omisión del deber de socorro
Además, imputaron un presunto delito de omisión del deber de socorro, pues el banco “ha procedido al cobro de una deuda a sabiendas de la grave situación económica en que se encuentran”.

Único ingreso de la familia, los 350 euros
Esta familia, integrada por dos adultos y dos menores de 6 y 2 años, uno de ellos con una discapacidad del 33 por ciento, tienen como único ingreso esos 350 euros y el banco, en lugar de facilitar el pago del crédito de otra forma, “empeora aún más la situación en que se encuentran, procediendo a dicho cobro”, según los denunciantes.

“Madre cuidadora”
Sin embargo, el decreto de archivo firmado por la fiscal María Dolores Villalonga señala que la madre del menor tiene firma autorizada en la cuenta corriente de su hijo, “amén de que ella misma reconoce que los 350 euros es una ayuda que ella cobra como madre cuidadora”.