martes, 7 de enero de 2014

El juez dice que la infanta participó en las maniobras de Aizoon para repartir beneficios a espaldas de Hacienda

La infanta Cristina en Barcelona, el pasado 5 de abril de 2013.  EFE
La infanta Cristina en Barcelona, el pasado 5 de abril de 2013. EFE

El juez Castro atribuye a la hija del rey un delito contra la Hacienda Pública y blanqueo de capitales, según el contenido del auto hecho público este martes.

Tal y como ha adelantado infoLibre, el titular del Juzgado de Instrucción número 3 de Palma de Mallorca solicitó a todas las partes en la causa que se pronunciaran sobre la posible citación de la Infanta en calidad de imputada y recibió los informes correspondientes antes de tomar un descanso navideño, que ha tomado entre el pasado 18 de diciembre y hasta fin de año.

El magistrado la ha citado para el 8 de marzo, día internacional de la mujer trabajadora, de manera que habrá tiempo más que suficiente para que la Audiencia de Palma pueda resolver los previsibles recursos.

El auto por el que el juez José Castro cita como imputada a Cristina de Borbón por delito fiscal y blanqueo sostiene que la hija del rey participó junto con su marido en una estrategia contable dirigida a obtener beneficios “opacos” para Hacienda a través de la empresa Aizoon SL, cuya propiedad comparten al 50% cada uno de los cónyuges. Castro subraya cómo Aizoon pasó a tener un remanente de 151 euros en 2003 a acumular 953.323 euros en 2009 gracias a que jamás repartió dividendos. El juez lanza un aviso: llama a la infanta como haría con cualquiera en circunstancias idénticas porque resultaría “inadmisible” adoptar precauciones especiales por tratarse de la hija del rey. Qué hará la Fiscalía, que se ha venido oponiendo a la imputación como ya hizo en marzo pero reacia ahora a recurrir, es la gran incógnita del momento. Fuentes jurídicas consultadas creen que, a diferencia de lo sucedido en primavera, la Audiencia de Palma revalidará esta vez la imputación de la infanta. Dadas las características del asunto resulta, no obstante, aventurada cualquier afirmación tajante.

De haber distribuido beneficios alguna vez, sus titulares, Iñaki Urdangarin y la infanta, habrían visto incrementada su cuota en la declaración de IRPF. Optaron, según el juez, por otra vía: camuflar el reparto de beneficios como gastos de la empresa que en realidad eran estrictamente personales, desde la reforma del palacete de Pedralbes a numerosos viajes privados y fiestas familiares. Aizoon, razona el magistrado, tenía derecho a no repartir dividendos entre sus dos únicos socios. Pero, “lo que no es permisible (…) es llevar a cabo un reparto fáctico, fiscalmente opaco de dividendos sobre la base de disposición de fondos de Aizoon SL para atender gastos estrictamente personales”.

Esa maniobra, concluye el juez, posee “un doble efecto fiscal defraudatorio”: cada uno de los miembros del matrimonio pagó menos en su declaración de IRPF y también abonó menos impuestos de sociedades Aizoon SL al computar gastos ficticios. Entre estos, Castro incluye los 69.990 euros de facturas cruzadas con sociedades de Diego Torres y que Hacienda sí computa a efectos de gastos deducibles para Aizoon en 2007. De no haberlos computado la Agencia Tributaria, con la que el juez exhibe su abierto desacuerdo, el fraude de la sociedad habría superado ese año los 120.000 euros, umbral a partir del cual se considera que hay delito fiscal.

Anticorrupción calcula que Aizoon contabilizó como gastos deducibles otros que eran personales y por importe cercano al millón de euros, por lo que exigirá a la infanta que devuelva la mitad. El juez entiende que no basta con considerarla, a priori, mera partícipe a título lucrativo. En su auto, menciona un episodio menor en cuanto a relevancia penal pero indicativo del grado de conocimiento que, a su juicio, tenía la infanta de todo lo relacionado con Aizoon: de lo dicho por testigos, se desprende que ella misma participó en la contratación de una empleada de hogar para el palacete y a la que se ofreció pagar “en negro” aunque finalmente la contrató Aizoon cuando la empleada advirtió de que necesitaba un contrato para obtener el permiso de residencia.

Entre los motivos que el juez Castro enumera en su auto para apoyar la imputación figura uno especialmente relevante: la creación Aizoon Sl tenía por objeto crear "un escudo" frente a Hacienda.

El magistrado introduce un aviso a navegantes, entre los cuales sitúa de manera implícita no solo a los abogados de la infanta sino también al fiscal Pedro Horrach, que se ha venido oponinedo a la imputación. Según el juez, resulta “inadmisible que se pretenda adornar la convocatoria de personajes públicos, especialmente aquellos vinculados a instituciones centrales del Estado, de un especial cuidado a la hora de valorar la solidez de los posibles indicios que hipotéticamente habrían de conducir a su convocatoria, tal como se ha llegado a argumentar”.

En esa misma línea, Castro recalca que a nadie “debiera escandalizar” que llame a la infanta para preguntarle qué sabe de los manejos contables y tributarios de Aizoon SL. En réplica directa a Hacienda y al fiscal Horrach, que sostienen que las ilegalidades perpetradas a través de esa empresa son solo atribuibles a Iñaki Urdangarin, el juez introduce un párrafo con alcance de misil: “Para saber si estas apreciaciones serán o no ciertas habrá que esperar al resultado que arroje la instrucción pero a priori y sin más no pueden ser compartidas por este juzgado, que no cree hacer tambalear los pilares del Estado de Derecho, más bien todo lo contrario, por que se pretenda preguntar por los pormenores de tales hechos a quien era partícipe al 50% de Aizoon SL, esposa del titular del resto del capital social, que tenía el domicilio social en el suyo propio y que además se lucró cuando menos en la mitad del importe defraudado”