Ampliación de horarios los dias de Carnaval
Se hace saber que esta Alcaldía, mediante su Resolución de fecha 5 de Febrero de 2015 y en virtud de lo determinado en el artículo 6.7 de la Ley 13/1999, de 15 de diciembre, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de Andalucía, y 4.1 de la Orden de 25 de marzo de 2002, de la Consejería de Gobernación (BOJA número 43, de 13 de Abril), ha dispuesto'.
Ampliar los horarios de cierre de los establecimientos que cuenten con la preceptiva Licencia Municipal la noche siguiente al sábado día 21 de Febrero de 2015. pudiendo permanecer abiertos:
Elena Ruiz Bueno. Alcaldesa.
Se hace saber que esta Alcaldía, mediante su Resolución de fecha 5 de Febrero de 2015 y en virtud de lo determinado en el artículo 6.7 de la Ley 13/1999, de 15 de diciembre, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de Andalucía, y 4.1 de la Orden de 25 de marzo de 2002, de la Consejería de Gobernación (BOJA número 43, de 13 de Abril), ha dispuesto'.
Ampliar los horarios de cierre de los establecimientos que cuenten con la preceptiva Licencia Municipal la noche siguiente al sábado día 21 de Febrero de 2015. pudiendo permanecer abiertos:
- Establecimientos de hostelería y restauración, excepto pubs y bares con música (Bares, Cafeterías, Restaurantes, Tabernas y imilares), hasta las 4,00 horas.
- Bares con Licencia Municipal de Apertura de pubs y bares con música, hasta las 5,00 horas.
- Discotecas, Verbenas, y Salas de Fiesta debidamente autorizadas, hasta las 6,00 horas.
Elena Ruiz Bueno. Alcaldesa.