andaluces.es / MARÍA SERRANO /
Mujeres rapadas durante la Guerra Civil.
La invisibilidad del sufrimiento de las mujeres impregna incluso los propios estudios sobre la memoria histórica. Si se toman, por ejemplo, como referencia los datos difundidos sobre el número de mujeres fusiladas en Andalucía, la horquilla resulta demasiado amplia: entre un 2 y 5%, que incluiría a las torturadas o encarceladas durante la Guerra Civil en la comunidad. Cándida Martínez, catedrática de Historia Antigua de la Universidad de Granada, apunta que “aún habría que depurar muchos los datos porque no hay muchas investigaciones hechas como para conocer perfectamente todos los detalles”.La publicación de este estudio destapa una violencia específica, para muchos desconocida, que permitía al régimen de Franco y a sus artífices “degradar su dignidad como mujeres” con graves ejemplos de violencia. Muchos de estos métodos tenían como objetivo “purificarlas”, atacar su feminidad y utilizar su cuerpo para deshonrar y castigar al enemigo varón. Entre las acciones más habituales: violaciones, tocamientos, purgantes, los paseos con pelo rapado, colocación de moños rojos con la cabeza rapada al cero, abusos sexuales, etc… “La intención de esta represión era muy distinta a la de los hombres, las humilla y las degrada de mayor manera. Y eso es una tortura específica que forma parte de esa memoria que no se recoge”
Las mujeres de aquella etapa que venían del “bando rojo” eran calificadas en los múltiples informes de “mujeres caídas o desafectas al régimen”. Podían ser esposas de fusilados, haber sido activistas políticas o estar señaladas por tener algún miembro de la familia en la cárcel. Eran juzgadas como peligrosas activistas y en algunas ocasiones fueron juzgadas por la militancia de sus familiares. Llevaban el peso del control social que ejercía el régimen sobre su género, unido a una responsabilidad “transferida” por los familiares que tenían huidos. Solo por este motivo podían recluirlas largos años en la cárcel, en graves condiciones de higiene y salud.
Informes psiquiátricos de médicos militares, como el de Vallejo Nájera, que luego tenían muchas veces su culminación en sentencias de los tribunales militares de la época, certificaban que las activistas republicanas “eran mujeres sin freno, mujeres fieras, y por ello había que controlarlas para impedir un comportamiento inadecuado e impropio de mujeres de bien”, apunta Cándida.
“NATURAL SIMPLEZA DE LAS MUJERES”
Otra de las distinciones significativas en cuanto a género que hacía el régimen se reflejaba en los distintos tipos de sentencias. En algunos fallos judiciales, el régimen se inclinaba por un “cierto paternalismo”, tratando la actitud reivindicativa como “natural simpleza de las mujeres”, ya que no las llegaba a considerar ni siquiera ciudadanas o seres humanos completos. Martínez explica que en estos casos “se trataba de una mujer a la que se le perdonaba las acciones cometidas”. Sin embargo, en otras muchas ocasiones se concedió a muchas mujeres “un tratamiento penal severo”, con duras penas de cárcel y reclusión, tal y como señala el estudio. Además, su condición de mujeres políticas era tratada con mayor dureza por parte del régimen ya que este tipo de actividades no entraban “dentro de las funciones naturales femeninas”, establecidas por la Sección Femenina.
Martínez señala que “por esa única condición de mujeres, su trato en la cárcel podía llegar a ser mucho más severo”. En medio de condiciones infrahumanas, el estudio destaca un aspecto clave para conocer la memoria de aquellas mujeres y sus vivencias: las redes de solidaridad que ellas creaban en esas cárceles. “Es muy bonito conocer de cerca ese aspecto que revela cómo se fueron forjando los mecanismos de supervivencia dentro y fuera de la prisión”, concluye Martínez.