jueves, 1 de noviembre de 2012

Prohibido pagar en efectivo más de 2.500 euros


Prohibido pagar en efectivo más de 2.500 euros
Este miércoles entra en vigor la nueva Ley de Prevención y Lucha contra el Fraude Fiscal, que desde el día 19 de noviembre prohibe el pago en efectivo de cantidades superiores a 2.500 euros, salvo los realizados entre particulares y en entidades financieras. El importe mínimo de una sanción por este concepto será de 625 euros.



Este miércoles ha entrado en vigor la nueva Ley de Prevención y Lucha Contra el Fraude Fiscal, que prevé la prohibición, desde el 19 de noviembre, del pago en efectivo de cantidades superiores a 2.500 euros, a excepción de los que se realicen en entidades financieras y entre particulares.
Dicha prohibición es independiente de si se entrega o no factura, y su incumplimiento se sancionará con una multa del 25% del importe abonado, lo que asegura que el importe mínimo de la sanción sea de 625 euros. Esta sanción es 'solidaria', de manera que responderá de ella tanto el pagador como el receptor del dinero y Hacienda podrá exigírsela tanto uno como al otro.
Por otra parte, Hacienda establece que quedará exento de responsabilidad aquel que denuncie el incumplimiento de la ley dentro de los tres meses siguientes al pago. Por ejemplo, si realizas un pago a un empresario o profesional de una cantidad superior a 2.500 euros, el propio vendedor o prestador del servicio podría denunciarte, y si lo hace, Hacienda sólo te exigirá el pago de la multa a ti, pero no al denunciante, precisamente porque a quien presenta la denuncia se le exime de responsabilidad.
Uno de los motivos más frecuentes por los que se abonan cantidades en efectivo y sin factura es la posibilidad de ahorrarse el IVA. Sin embargo, desde la OCU siempre hemos advertido del peligro de esta práctica, ya que el consumidor, en el caso de que surjan problemas con el bien que ha comprado o con el servicio que le han prestado, quedará indefenso al no poder presentar una factura con la que justificar su reclamación.
Por ello, nuestra recomendación es que exijas siempre la factura y no pagues en efectivo si el importe de la misma es superior a 2.500 euros, y si algún empresario o profesional te exige cobrar en efectivo importes superiores, denúncialo ante la AEAT.